AESA recoge en su web la información necesaria para volar un dron
La última ley en vigor y a la que tienes que acogerte es la Ley 31 de diciembre de 2020. Es la Normativa Europea de UAS. ¡Aclaración! Un UAS es un Sistema Aéreo No Tripulado y los drones se incluyen en esta categoría.
Ten en cuenta que esta normativa, se aplica tanto para usos recreativos como profesionales a los drones que superen el peso de 250 g.
En otras palabras, si el dron tiene un peso superior a 250 g ya sea de ocio o profesional, va a tener que cumplir esta normativa europea. ¡Sí o sí!

Requisitos mínimos para volar un dron según AESA
Llegados a este punto, recogemos las obligaciones:
Registro como operador/a:
Tiene que existir un registro en la sede electrónica de AESA y poseer un número de registro. Puedes consultar más información: Registro de operador/a
Formación como piloto:
Para poder volar drones se tiene que estar certificado con una formación mínima en función de la categoría operacional que se ejerza. Si te interesa las subcategorías A1 y A3: Formación de pilotos UAS
Disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil:
Es importante tener una póliza de seguro que cubra a terceros en temas de responsabilidad civil. ¡Y sí! También en fines recreativos. Consulta aquí: Normativa Europea de UAS/drones
Reglas de vuelo:
Existen normas generales para poder volar un dron, ya sea su peso, presencia de personas y los edificios cercanos. Consulta aquí: Las categorías operacionales
Lugar del vuelo:
Además de todo lo anterior, existen lugares limitados al vuelo de drones por diferentes razones. Como por ejemplo, Aeródromos, zonas militares y espacios medioambientales protegidos están vetados. Consulta el apartado: Vuelos con UAS
¿Conocías todos los requisitos? Esperamos haberte ayudado en este ABC de normativa para volar Drones. ¿Tienes más dudas? ¡Podemos ayudarte!
Recuerda que si necesitas pilotos acreditados para realizar filmaciones, en Envista contamos con las acreditaciones necesarias según normativa.